Ayudas de hasta 9.000 euros para el fomento y la consolidación del trabajo autónomo

El Consejo de Gobierno ha autorizado ayer la convocatoria de subvenciones dirigidas al fomento y consolidación del trabajo autónomo en Extremadura, que contará con una dotación económica de 28.523.632 euros. Las ayudas oscilarán entre los 8.000 y los 5.000 euros. La orden de convocatoria establece dos modalidades: el programa I, para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, y el programa II, mediante el que se conceden ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de subvenciones dirigidas al fomento y consolidación del trabajo autónomo en Extremadura, que contará con una dotación económica de 28.523.632 euros. Las ayudas oscilarán entre los 8.000 y los 5.000 euros.

 

La orden de convocatoria establece dos modalidades: el programa I, para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, y el programa II, mediante el que se conceden ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.


Podrán optar a las ayudas del programa I las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajadoras por cuenta propia a título individual, siempre que estén encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

 

También los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación a un colegio profesional cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica formando parte como personas comuneras o socias y se den de alta en el RETA.

 

Por lo que respecta al programa II, podrán optar las personas trabajadoras autónomas que incorporen a personas desempleadas como familiares colaboradores.

 

En cuanto a la cuantía de las ayudas, quienes reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria y en el decreto de bases reguladoras, tanto en el programa I como en el programa II, podrán tener derecho a una ayuda de 8.000 euros, en el caso de que las personas trabajadoras sean mujeres.


La ayuda será de 7.500 euros si se trata de desempleados con discapacidad; jóvenes menores de 30 años; desempleados de 52 o más años; desempleados con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes; desempleados extremeños que hayan retornado de la emigración; desempleados que hayan participado en alguno de los programas subvencionados y financiados por el SEXPE o en proyectos innovadores y de fomento del empleo en el ámbito local, así como parados de larga duración.

 

Las ayudas serán de 5.000 euros para trabajadores desempleados que no estén encuadrados en ninguno los apartados anteriores.

 

Por otra parte, el importe de las ayudas se incrementará en la cantidad de 1.000 euros cuando se solicite la ayuda por alguna de las actividades siguientes: nuevas tecnologías, energías renovables, medio ambiente, atención a la dependencia, industria agroalimentaria, reformas y rehabilitación de edificaciones, turismo y pequeño comercio.

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